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  • Jaime Deschamps

¿Sociedad o RESICO?

Actualizado: 26 ene 2023

Si tienes un negocio y estás pensando en constituir una sociedad en México, tienes que tomar en cuenta lo siguiente:


Las sociedades dan a sus accionistas ventajas como poder organizar de manera clara la relación de los socios, diferenciar los bienes que son del proyecto y los que son de cada inversionista/socio, dar certeza a los inversionistas, dar mayor confianza a los clientes y llevar un correcto control de todas las actividades relativas al negocio. Así mismo, te permiten tomarte más en serio el negocio y formalizarlo.

Sin embargo, actualmente existe un régimen denominado "Régimen Simplificado de Confianza", (RESICO), aplicable a las personas físicas que ganan máximo tres millones quinientos mil pesos al año y realizan cualquier a de las siguientes actividades: *Actividades empresariales = comerciales, industriales o de autotransporte.

*Actividades profesionales = aquellas que requieren título profesional para su ejercicio.

* Arrendamiento de bienes. Este régimen tiene como ventaja que solamente se paga por ISR entre el 1% y el 2.5% de impuestos sobre los ingresos que se obtienen (sin deducciones), es decir de cada $100 que cobras, pagas entre $1 y $2.5 sin importar cuánto ganaste. Lo anterior, a diferencia de las sociedades que por regla general pagan el 30% sobre sus utilidades (es decir suman los ingresos, se restan las deducciones/facturas y sobre el restante se paga el 30%).

Tanto la sociedad, como la persona en RESICO deben pagar 16% de IVA sobre los bienes o servicios que comercialicen/presten.

No obstante lo anterior, el constituir una sociedad blinda/protege a sus accionistas, ya que, éstos solamente responden por las deudas de la sociedad, hasta por el monto de las aportaciones (inversiones) que se obligaron a realizar. Lo anterior significa que cualquier problema, deuda, demanda o riesgo que tome la sociedad, no es aplicable a los accionistas en lo personal (por regla general), sin embargo, si una persona presta/comercializa bienes o servicios bajo RESICO ésta asume todos los riesgos, problemas y demandas de manera personal. Algunos aspectos a considerar: Costo sociedad: La constitución de una sociedad aproxiadamente cuesta $15,000 más los honorarios de tus asesores. Contabilidad: Tanto RESICO como sociedad cdeben llevar contabilidades, sin embargo es más barata la de persona físca/RESICO.

Facturas: Tanto RESICO, como la sociedad deben de emitir facturas por los ingresos que reciban. Retención: Si realizas tus actividades profesionales como persona física a través de RESICO y contratas con sociedades, éstas deberán retener 1.25% de ISR y 2/3 partes del IVA, lo que representa una desventaja, ya que no opodrás matar/deducir/acreditar esos pagos contrato tus gastos (lo que sí hacen las sociedades). Riesgos: Conforme a lo conversado la persona física que realiza sus actividades como RESICO responde de manera personal por su negocio, es decir, si algo sale mal podrían cobrarse con tu casa por ejemplo. Requisitos RESICO: Para estar dado de alta ante RESICO debes prestar/comercializar servicios/bienes de manera independinte (no como trabajador), no participar en ninguna sociedad como socio/accionista, no percibir ingresos por asimilados a salarios y, ganar menos de $3,500,000 al año. Funcionarios Sociedad: Si deseas aperturar una sociedad, deberás nombrar funcionarios: Administradores/gerentes ( Al menos 1 que puede ser socio/accionista, son quienes llevan el día a día de la sociedad) y en el caso de la SAPI y SA Comisarios (generalmente es el contador y vigilan el actuar de la administración).


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